Por María Clara Mendoza
En la semana anterior, dos columnistas de EL TIEMPO coincidieron en proponer una revisión del principio periodístico que ampara el secreto de la identidad de las fuentes, que en la prensa libre es protegido legalmente.
Dice, el domingo 4 de mayo, Alfredo Rangel: «En estos tiempos tan agitados, y sobre todo ante la presencia de un crimen, creo que va siendo hora de revisar el decimonónico carácter absoluto y ponerle ciertos límites al secreto de la confesión religiosa, a la reserva médica y a la protección de las fuentes periodísticas»…
Por su parte, afirma Claudia López, el martes 6: «… los lectores tienen derecho a saber quién filtra la información a los medios, para que podamos también formarnos libremente un criterio no solo del contenido de la información, sino de los intereses que rondan su publicación»…
Los códigos de ética consagran el principio de sigilo profesional como una eficaz herramienta en el periodismo investigativo. No pocos periodistas han ido a la cárcel por rehusarse a revelar la identidad de sus fuentes, en cumplimiento de este compromiso; pero también en protección de su oficio. El trabajo periodístico depende de las fuentes y en temas delicados, muchas no accederían a hablar si no se les garantizara el anonimato.
Es una excepción necesaria a la exigencia de citar siempre la fuente u origen de la información, como un importante elemento de juicio que permite al lector deducir la credibilidad del dato. Y, desde luego, es importante que los medios establezcan parámetros claros para evitar que los reporteros abusen de la confidencialidad.
El Manual de Redacción de EL TIEMPO estipula que todo periodista debe estar alerta para no ser utilizado por una fuente que pide el anonimato y señala que concertarlo no lo exime de comprobar por otros medios la veracidad de la información.
Igualmente señala: «El periódico no estimula la confidencialidad de las fuentes, pero reconoce que la práctica del periodismo obliga a aceptar, excepcionalmente, algunas situaciones»:
Confidencialidad total de información y de fuente (en inglés, off-the-record), cuando el periodista acepta recibir datos con el compromiso de no publicar nada, pero puede buscar la noticia por otros medios.
Confidencialidad total de fuente (en inglés, deep background) que sirve para orientar al periodista sobre si una investigación está bien encaminada, para comprobar un dato o conseguir una aclaración importante (‘Garganta Profunda’ en el escándalo de Watergate).
Confidencialidad simple de fuente, que permite utilizar los datos sin identificarla plenamente pero mencionando en la forma más precisa posible el origen (ej: ‘fuentes del Ministerio tal’).
El principio de confidencialidad es un pilar en la función fiscalizadora del periodismo. En ciertas circunstancias, es la única manera de obtener información clave y necesaria para destapar una verdad que los lectores deben conocer. No pocas revelaciones han salido a la luz pública gracias a datos o filtraciones de fuentes amparadas en el anonimato: las interceptaciones telefónicas, la infiltración en el DAS, los ‘falsos positivos’ en el Ejército, el caso Carimagua…
En momentos de crisis, debe ante todo protegerse el papel que cumple la prensa en una sociedad… ¿Cuánta información quedaría oculta si los periodistas no pudieran acordar la confidencialidad de su fuente? A pesar de la buena intención de los respetados columnistas, la propuesta es tan insólita, como el marido engañado que decide vender el sofá
