¿Hasta dónde llegan intimidad y periodismo?
Por: Unidad de datos
El video revelado por ‘La F.M.’, que muestra una conversación de contenido sexual entre el capitán de la policía Ányelo Palacios y el entonces senador Carlos Ferro, mientras este último maneja su carro oficial, abre un debate pertinente entre periodistas sobre si era o no necesaria su publicación como prueba de una investigación periodística.
Algunos han considerado que fue excesivo y otros llaman la atención sobre la necesidad de que se analice el video en el contexto de la investigación y no como una pieza por separado. (Publica El Tiempo)
Agrega que la audiencia en general no se puede quedar solamente en el debate de la vida privada: “Acepto críticas y opiniones diferentes, pero creo que el debate principal es la crisis en la que está la Policía. Mi obligación editorial es que sentí que era necesario publicar el video y lo publicamos ya estando judicializado”.
Mario Morales, director del Departamento de Comunicación Social de la Pontificia Universidad Javeriana, expresó que hay tres aspectos que “contaminan” la decisión periodística para publicar el video: “Es un video inducido, no tiene ningún indicio judicial o periodístico que genere o confirme o dispare algún tipo de investigación; es un video que sobrepasa los linderos de la privacidad y la dignidad con un contexto que no existe”.
Para Javier Darío Restrepo, maestro de la Fundación Gabriel García Márquez, lo primero que se debe tener en cuenta al analizar el tema es que en cuestiones de ética nadie es juez de nadie. Por tanto, el debate se debe centrar en recordar algunos principios para que cada quien los aplique.
“Los personajes públicos tienen un espacio menor de intimidad que la persona común y corriente. La razón de que tengan un espacio menor es que ellos manejan asuntos públicos por los que tienen que responder ante la sociedad”, dijo.
Con relación a si el video tiene que ver con la vida privada del personaje público y por tanto no aporta a la investigación, Restrepo indicó: “Cuando un periodista entra a examinar la vida personal de alguien que está en el sector público debe hacerlo si esto llega a servir al bien público”.
Olga Behar, investigadora y maestra en periodismo de la Universidad Santiago de Cali, sostuvo: “El periodista no debe autocensurarse, en el sentido de que si consigue un documento que soporte la investigación, no debe privar a la opinión pública de esos hallazgos que sirven al sustentar el tema; pero el periodista debe tener la capacidad de editar aquellas partes que comprometan la dignidad y la vida personal de cualquier ciudadano”.
Explica Behar que la probable relación que podía existir entre la ‘comunidad del anillo’ o los favores sexuales por parte de policías y congresistas, si es un tema que se está trabajando en la investigación, el video es una prueba. “Pero con 30 segundos de video es suficiente. Lo demás es exceso y no es buen periodismo”, puntualiza.
Por su parte, el director del periódico ‘El Heraldo’, Marcos Schwartz, señala: “Se debía prescindir del video y bastaba con explicar en un texto lo que representaba. Los detalles que había en ese video, desde mi punto de vista, no son necesarios para hacer entender la información o seguir la investigación. El video es redundante. No era necesario reproducirlo totalmente”.
Fernando Ramírez, editor de Noticias del diario ‘La Patria’, se refiere a la falta de análisis a la hora de tomar decisiones editoriales: “El periodismo es de casuística y hay criterios para cada caso. Si hablamos en este caso, uno ve cierto ánimo vindicativo. Creo que a los periodistas nos sigue faltando la reflexión previa para publicar. Las salas de redacción no pueden ceder la capacidad reflexiva que se debe tener ante noticias complejas. El componente de informar tiene otro pedazo y es el de la responsabilidad social, que poco tienen en cuenta ciertas figuras del periodismo”.
Finalmente, Omar Rincón, director del Centro de Estudios de Periodismo de la Universidad de los Andes, precisa: “La investigación es buena y necesaria, pero el video no es significativo para el caso. Creo que a muchos periodistas los está afectando el síndrome de Watergate. Se ha vuelto de moda querer ser buen periodista tumbando a alguien y no lo de fondo, que para el caso analizado es la presunta corrupción que está ocurriendo en la Policía”.
El debate sigue abierto, porque como lo planteó la directora del portal La Silla Vacía, Juanita León, se abre una polémica sobre los límites de hacer periodismo en Colombia.
UNIDAD DE DATOS
Redacción ELTIEMPO.COM
Lanzan manual sobre libertad de expresión, legislación de medios y difamación
(Publica Red Etica Segura-FNPI)
Una nueva y poderosa herramienta para defender el derecho de los medios de comunicación europeos para informar sobre asuntos de interés público ya está disponible, anunciaron hoy el Instituto Internacional de Prensa (IPI) y Media Legal Defence Initiative (MLDI).
IPI y MLDI se han unido para publicar este completo manual de capacitación para abogados y periodistas sobre las normas jurídicas europeas relativas a la libertad de expresión y la protección de la reputación, que aunque está pensado para Europa, contiene conceptos útiles para abogados, periodistas y dueños de medios de comunicación en el mundo entero.
El manual de 55 páginas, “Libertad de Expresión, Legislación sobre Medios de Comunicación y Difamación“, resume los principios fundamentales de la jurisprudencia europea sobre la difamación y tienen como objetivo dar apoyo a los abogados que representan a los profesionales de los medios de comunicación que han sido demandados o acusados de difamación, mientras que también ayuda los periodistas a entender sus derechos bajo los mecanismos internacionales y europeos de derechos humanos.
El manual está acompañado por un conjunto de materiales de capacitación que permiten a instructores calificados preparar y llevar a cabo talleres sobre la ley de difamación y la libertad de expresión en los países europeos. Además de transmitir conocimientos esenciales, los talleres ofrecen una oportunidad para que los participantes practiquen activamente a través de estrategias de litigio y estudios de casos.
“El propósito de esta guía y los materiales que la acompañan es doble”, explicó Scott Griffen, director del Programas para la Libertad de Prensa del IPI. “Por un lado, ofrecen a los abogados europeos conocimientos esenciales para el desarrollo de estrategias de litigio sobre la base de las normas europeas de derechos humanos para defender a los clientes de medios de comunicación sometidos a procesos de difamación. Por otro, tratan de informar a los periodistas europeos sobre el alcance de su derecho a cubrir y hacer comentarios sobre asuntos de interés público, que podrían no ser reconocidos adecuadamente por los tribunales y la legislación de sus propios países”.
Nani Jansen, Director Jurídico del MLDI añadió: “El Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo ha desarrollado un conjunto detallado de normas que rigen cómo los tribunales nacionales deben resolver las reclamaciones por difamación. Estas normas proporcionan una protección significativa a los periodistas y se aplican en toda Europa. Para defender con éxito a los periodistas, los abogados tienen que ser capaces de incorporar con argumentos basados en el derecho nacional. Este manual les permite hacer exactamente eso y deberían conducir a la defensa exitosa de más periodistas”.
Los capítulos incluidos en los materiales y manuales de capacitación incluyen:
Detrás de las fuentes y los principios de la libertad de expresión
Una introducción conceptual a la difamación (incluyendo la historia, el derecho a la reputación en la ley y los tipos de respuestas a contenido difamatorio)
Tipos de material difamatorio (incluyendo opiniones frente a los hechos, el humor y las declaraciones de los demás)
Difamación y el debate público (incluida la protección de discurso político, a la intimidad de las figuras públicas y la difamación religiosa)
Los casos de difamación en los tribunales (incluyendo las defensas a demandas por difamación, carga de la prueba, fuentes anónimas, recursos y sanciones, y la aplicación del derecho internacional de los derechos humanos)
Jurisprudencia Difamación de la Corte Europea de Derechos Humanos
Mientras que Europa en su conjunto está considerada como una de las regiones más progresistas del mundo en lo que respecta a la libertad de expresión, el abuso de las leyes de difamación sigue siendo un obstáculo importante para los medios de comunicación europeos. Los materiales y manuales de capacitación forman parte de un esfuerzo por parte de IPI y MLDI para contrarrestar este obstáculo proporcionando habilidades, recursos y conocimientos para abogados y periodistas.
MLDI trabaja extensamente con los abogados en varios países europeos para defender los casos en contra de los medios de comunicación, incluida la adopción de los casos a la Corte Europea de Derechos Humanos – el tribunal de última instancia para todos los periodistas europeos que alegan violaciónes de su derecho a la libre expresión establecida en la Convenio Europeo de Derechos Humanos.
El trabajo de IPI sobre las leyes de difamación en Europa incluye un programa de investigación y promoción destinadas a fomentar la adopción de leyes de difamación en línea con los principios de los derechos humanos. El verano pasado, el informe del IPI “Out of Balance” reveló que la mayor parte de la legislación de difamación en los países de la UE se queda “dramáticamente corta” a la hora de cumplir con las normas internacionales pertinentes.
Los materiales de capacitación y manuales que acompañan están actualmente disponibles para su descarga en cinco idiomas, incluyendo el español.
El manual y los materiales fueron encargados al Dr. Richard Carver de la Universidad Oxford Brookes.
Día del periodista, no era un día para celebrar: Flip
(fuente Flip) El 4 de agosto, el canal regional Telecaribe sacó del aire su señal durante cuatro minutos. Igualmente, 850 emisoras comunitarias del país silenciaron sus voces a las 12 del mediodía. Estas protestas organizadas en el marco de la jornada “Un silencio para escuchar”, del Colegio Nacional de Periodistas CNP, fueron la forma como los periodistas celebraron su día en Colombia.
La FLIP llama la atención, que en lo que va del año, ya se han documentado en el país el lamentable asesinato del periodista Luis Eduardo Gómez en Arboletes, Antioquia; 57 amenazas contra periodistas y un atentado contra la infraestructura de un medio de comunicación.
Aunque la ley 1016 de 2006 estableció el 4 de agosto como el día del periodista, en homenaje a la publicación que hizo Antonio Nariño de los Derechos del Hombre este mismo día en 1794, para departamentos como Antioquia o Cauca, tampoco hay muchos motivos para celebrar. Durante 2011 han sucedido cinco graves amenazas de muerte contra periodistas en Antioquia. Amenazas que van desde persecuciones, mensajes anónimos y llamadas amenazantes. El reciente caso de las intimidaciones a la periodista Mary Luz Avendaño, corresponsal de El Espectador en Medellín (http://www.flip.org.co/alert_display/0/2178.html), demuestra la gravedad de la situación de los periodistas en la región. A esto se suma el asesinato del periodista Luis Eduardo Gómez el pasado 30 de junio, en Arboletes, sin que se tenga conocimiento de los responsables. (http://www.flip.org.co/alert_display/0/2181.html).
Por otro lado, en Cauca la situación no es mejor. La FLIP ha registrado cuatro graves amenazas, incluyendo un panfleto firmado presuntamente por las Autodefensas Unidas de Colombia, donde se sentencian a algunos periodistas locales. A su vez, durante los combates entre las FARC y el ejército en Toribio, el pasado 11 de julio, una emisora comunitaria de la Red Nasa sufrió las consecuencias de una bomba detonada por la guerrilla, que terminó sacándola del aire.
Hoy en Barranquilla, otra ciudad que ha registrado un aumento en las amenazas contra periodistas, (la Fundación para la Libertad de Prensa ha documentado cuatro amenazas, durante el 2011: http://www.flip.org.co/figures_department_list/8.html), se hará un acto simbólico frente a la gobernación del Atlántico, un llamado al silencio. La FLIP rechaza y denuncia la violencia contra los periodistas colombianos, y hoy en su día, extiende su solidaridad a todos los reporteros agredidos y celebra la realización de actividades que intentan llamar la atención de la ciudadanía frente a la importancia que tiene su labor en una democracia. La FLIP recuerda que cuando se calla un periodista, se calla el derecho de los ciudadanos a estar informados.
En vigencia ley de neutralidad de la red en Chile
(Vía Medios Latinos)Fue el primero a nivel mundial en aprobar la legislación y pionero junto con Holanda en implementarla. Desde hace poco más de una semana entró en vigencia en Chile la ley de neutralidad en la red. La finalidad de la nueva ley es ofrecer una mayor transparencia en el mercado de telecomunicaciones. Esta normativa obliga a las empresas a publicar en un sitio web todos los indicadores de calidad de servicio de sus planes, para que los consumidores puedan elegir el mejor servicio disponible según sus intereses. Como señala el especialista chileno Cristian Ahumada: “Ellos (por las empresas de telecomunicaciones) están atados por la ley para no realizar las clásicas prácticas a las cuales ya nos tienen acostumbrados: disminuir la velocidad o eficiencia de los sistemas que hacen uso intensivo de la red, bloquear el acceso de otros dispositivos a la red de tu casa/móvil, individualizar todas las características de los productos ofrecidos”.
Lo que dice AETecno
Ley de Neutralidad en Chile: los desafíos que vienen y la tarea pendiente de los proveedores de internet
Compartir |
Cristian Ahumada, jefe de carrera de Telecomunicaciones y Redes de la Sede Viña del Mar de la Universidad Técnica Federico Santa María en Chile, se refiere a los alcances de esta nueva Ley de Neutralidad y los beneficios que ésta entregará a los usuarios.
Viña del Mar. Luego de que hace pocas semanas entrara en vigencia la nueva Ley de Neutralidad en Chile, que permite a los usuarios de internet conocer claramente las condiciones técnicas y comerciales de los planes de banda ancha que se ofertan en el mercado, entre otras cosas, varias empresas proveedoras del servicio salieron al pizarrón con resultados dispares, provocando la queja de los usuarios y abriendo una serie interrogantes al respecto.
Para Cristian Ahumada, jefe de carrera de Telecomunicaciones y Redes de la Sede Viña del Mar de la Universidad Técnica Federico Santa María, esta ley se traduce en una mayor transparencia en el mercado de telecomunicaciones y en la posibilidad de que, finalmente, los usuarios tengan base para exigir calidad de servicio frente a los proveedores.
“Ellos están atados por la ley para no realizar las clásicas prácticas a las cuales ya nos tienen acostumbrados: disminuir la velocidad o eficiencia de los sistemas que hacen uso intensivo de la red, bloquear el acceso de otros dispositivos a la red de tu casa/móvil, individualizar todas las características de los productos ofrecidos”, señala.
Ahumada reconoce que actualmente existe mucha desinformación por parte de los usuarios que utilizan el servicio de internet, pero esta nueva ley permitirá transparentar el actual escenario.
“Las empresas están obligadas a publicar en un sitio web todos los indicadores de calidad de servicio de sus planes, para que los consumidores puedan elegir el mejor servicio disponible a su medida y según sus intereses”, agrega.
Asimismo, añade el docente, “la Subsecretaría de Telecomunicaciones implementará también un modelo de fiscalización de las redes y verificación de velocidad real de conexión, que podrá ser utilizado por los propios usuarios para controlar que la calidad del servicio que contrataron sea la que efectivamente están recibiendo”.
Pero, no todo ha sido miel sobre hojuelas, porque a pesar de que la ley ya está en funcionamiento, la información entregada por las empresas está redactada en términos muy técnicos para el común de las personas, haciendo inentendible su contenido, indican sus detractores.
A pesar de todo esto, el partido ya comenzó. Los clientes seguirán, por el momento, sin entender mucho sobre el servicio que reciben. Y el gobierno a través de la SUBTEL, comenzará a implementar una campaña informativa que entregue claridad a la ciudadanía sobre todas las implicancias de esta nueva ley, que a pesar de su puesta a punto y los resquemores que ha generado, es pionera a nivel mundial.
Fuentes: http://tecno.americaeconomia.com/noticias/ley-de-neutralidad-en-chile-los-desafios-que-vienen-y-la-tarea-pendiente-de-los-proveedores
http://www.kas.de/wf/en/221.218/
Europa avanza en la regulación conjunta de derechos de autor
(Vía Medios Latinos) La Comisión Europea ha presentado un proyecto de acuerdo comercial para combatir la falsificación y proteger los derechos de autor. Bajo el nombre de ACTA, este acuerdo sienta las bases para la colaboración de los gobiernos nacionales en el combate contra la falsificación. En lo que respecta a la propiedad intelectual, el tratado abre la vía al filtrado de contenidos y a la fórmula de la respuesta graduada (avisos al internauta que descargue obras protegidas y sanción si no desiste) organizada entre actores privados, por ejemplo por la vía de un pacto entre sociedades de gestión y proveedores de acceso. También consagra sanciones penales en caso de desbloqueo de programas de gestión de derechos de autor (DRM) embebidos en las copias digitales de las obras.
Lo que dice El País de España
La Unión Europea inicia el trámite para aprobar el tratado ACTA
La Comisión Europea ha presentado una propuesta para que la Unión Europea apruebe el tratado ACTA, acuerdo comercial para combatir la falsificación, que ha tenido una oculta y polémica negociación. Tras muchos borradores, instaura la colaboración de los estados en el combate contra la falsificación. En el terreno de la propiedad intelectual, abre la vía al filtrado de contenidos y a la fórmula de la respuesta graduada (avisos al internauta que descargue obras protegidas y sanción si no desiste) organizada entre actores privados, por ejemplo por la vía de un pacto entre sociedades de gestión y proveedores de acceso. También consagra sanciones penales en caso de desbloqueo de programas de gestión de derechos de autor (DRM) embebidos en las copias digitales de las obras.
Foto
Trámite de aprobación del tratado ACTA
DOCUMENTO (PDF – 231,65Kb) – 30-06-2011
La noticia en otros webs
webs en español
en otros idiomas
En el texto se justifica el apoyo a ACTA porque la violación de los derechos de la propiedad intelectual perjudica al comercio legítimo y a la competitividad, lo que conlleva consecuencias negativas que van en contra del crecimiento y el empleo.
El documento considera el texto final del tratado un acuerdo equilibrado que tiene presentes los derechos de los ciudadanos y las preocupaciones de consumidores, proveedores de acceso, etc. Llama la atención que el texto afirma que el Parlamento europeo ha sido informado de forma regular de las negociaciones. De hecho, el Parlamento votó una resolución en la que denunciaba la falta de transparencia de las negociaciones que se llevaronen sectreto entre los estados intervinientes como EE UU, Japón, Corea del Sur, Australia, Suiza, México y Gran Bretaña, entre otros. Finalmente, el Parlamento europeo aprobó en noviembre de 2010 el tratado con el voto de 331 diputados del Partido Popular Europeo y Conservadores y Reformistas Europeos y la oposición de 229. Internautas y operadoras de telecomunicaciones han manifestado reiteradamente su preocupación por algunos aspectos del mismo.
Fuente: http://www.elpais.com/articulo/tecnologia/Union/Europea/inicia/tramite/aprobar/tratado/ACTA/elpeputec/20110630elpeputec_5/Tes